FACUA insta a Industria a revocar una regulación absurda que sólo provoca un gasto innecesario para los usuarios

*Las eléctricas amenazan con penalizaciones de hasta 30 euros en los 
recibos si no se instalan limitadores de potencia que serán inútiles 
cuando coloquen los nuevos contadores*
FACUA-Consumidores en Acción advierte que las eléctricas están 
amenazando a los usuarios con importantes penalizaciones de hasta 30 
euros en los recibos si no instalan limitadores de potencia que serán 
inútiles cuando les coloquen los nuevos contadores digitales, ya que 
estos los tienen incorporados.

FACUA insta a Industria a revocar una regulación que resulta absurda por 
su coincidencia en el tiempo con el plan de sustitución de contadores. 
Así, la instalación del interruptor de control de potencia (ICP) implica 
un gasto innecesario para los usuarios ya que en breve, las eléctricas 
tendrían que colocarles nuevos contadores con sus propios limitadores.

Y es que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio aprobó en 2007 
un plan de sustitución de equipos de medida por el que a finales de 
2010, cada distribuidora eléctrica debería haber actualizado ya un 30% 
del total de su parque de contadores de hasta 15 kW de potencia.

Pero las eléctricas no están cumpliendo el plan de sustitución, ante la 
pasividad del Ministerio, que mientras no establece sanciones por 
vulnerarlo sí las ha fijado para los usuarios que no coloquen los 
limitadores.

Según la normativa que regula la obligación de los usuarios de instalar 
los ICP, la Orden ITC/1.857/2008, de 26 de junio, las distribuidoras 
eléctricas deben remitir dos notificaciones a los usuarios instándoles a 
hacerlo por cualquier medio que les permita tener constancia de su 
recepción.

Si pasados veinte días desde la segunda notificación el consumidor no 
realiza las actuaciones necesarias para instalar el limitador o no 
contesta a la compañía, su comercializadora tendrá que comenzar a 
aplicarle una penalización en los recibos.

Así, a los usuarios con hasta 5 kW de potencia contratada, pasarán a 
aplicarle la tarifa correspondiente a una potencia de 10 kW. A los 
consumidores con una potencia contratada superior a los 5 kW les 
penalizarán aplicándoles una de 20 kW.

Por ejemplo, un usuario con una potencia 3,3 kW, que actualmente paga 
por este término fijo 6,92 euros (5,6741091 más el 21,93% que 
representan los impuestos sobre la electricidad y el valor añadido) al 
mes, pasará a abonar 20,96 euros (17,19427 más ii) hasta que instale el 
limitador. El recibo se verá aumentado en nada menos que 14,04 euros 
más, un incremento del 203% en la parte fija correspondiente al término 
de potencia.

Si el usuario tiene una potencia de 5,5 kW, que paga por ellos 11,57 
euros (9,4568485 más ii), pasará a abonar 41,93 euros (34,38854 más ii) 
por no instalar un limitador que la propia eléctrica está obligada a 
colocarle a corto o medio plazo. La subida en el recibo será de 30,36 
euros, un 262% en el término de potencia.

La Orden ministerial 3860/2007, de 28 de diciembre indica que todos los 
contadores para suministros de hasta 15 kW /"deberán ser sustituidos por 
nuevos equipos que permitan la discriminación horaria y la telegestión 
antes del 31 de diciembre de 2018"/: un 30% antes de que finalice 2010, 
otro 20% hasta el fin de 2010, un 20% más hasta el de 2015 y el 30% 
restante hasta concluya 2018.

Para instalar el limitador, el usuario debe abonar a su distribuidora 
eléctrica 10,49 euros (9,04 más el 16% de IVA) en concepto de derechos 
de enganche (la verificación y precintado del equipo). Pero si las 
instalaciones necesitan una adecuación para poder colocar el ICP, tendrá 
que contratar a un electricista y pagar decenas o cientos de euros por 
la adaptación.

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